Si la persona fue condenada por dos o más delitos graves, ya sea en un solo caso penal o en casos separados, la persona (o su abogado) debe solicitar al tribunal que la condenó a restauración de sus derechos civiles, incluyendo el derecho a votar.
Algunas sentencias tienen un límite de tiempo dependiendo del tipo de condena. Si la sentencia solo se aplica a un período de libertad condicional, la petición se puede presentar tan pronto como el individuo haya terminado la libertad condicional, A.R.S. § 13-905. Si se dicta una sentencia de prisión, la petición puede presentarse dos años después de la sentencia de prisión y cualquier libertad condicional o servicio comunitario se ha completado, A.R.S. § 13-906. Las personas condenadas a cadena perpetua no son elegibles para la restauración de derechos bajo la ley.
Después de que una petición es enviada a la corte, un juez debe decidir si concede la petición o no.